Recursos y fuentes - Selección de cánones de los primeros concilios
Concilio I de Nicea (a. 325)
4. Lo más correcto es que un obispo sea ordenado por todos los obispos de esa región. Si eso es difícil, por alguna necesidad o por la lejanía, entonces deben reunirse por lo menos tres obispos y los ausentes que presten su consentimiento por medio de cartas y entonces que se lleve a cabo la ordenación. Corresponde al metropolitano de cada región ratificar tales actos.
11. Para quienes renegaron de la fe, no por la fuerza o por que le fueron quitados sus bienes, o por peligro o algo similar, como ocurrió durante las persecuciones de Licinio; el Concilio determinó que aunque no son dignos de amor, se debe ser misericordiosos con ellos. Aquellos que se arrepientan sinceramente, que permanezcan durante tres años entre quienes escuchan la lectura de las Escrituras, como los fieles, y que se arrodillen siete años en la iglesia pidiendo perdón, que participen de las oraciones dos años con el pueblo, salvo de la comunión de los Santos Misterios.
13. Acerca de los que están por partir de este mundo, se guardará también ahora la antigua ley canónica, a saber: que si alguno va a partir de este mundo, no se le prive del último y más necesario viático. Pero si después de estar por morir y haber obtenido la comunión, nuevamente volviere entre los vivos, que se ubique entre los que sólo participan de la oración. Más aun, cualquiera que esté moribundo, si pide participar de la Eucaristía, que el obispo le imparta los Santo Dones después de examinarlo.
15. A causa de los muchos disturbios y confusiones ocurridos, se tuvo a bien suspender por completo la costumbre contraria a las reglas apostólicas que se observó en ciertos lugares: que no se traslade de una ciudad a otra ni un obispo, ni un presbítero, ni un diácono. Si alguien, luego de esta determinación del santo y gran Concilio, realiza algo semejante o permite que lo realicen consigo: que tal decisión sea totalmente inválida y que quien se trasladó sea devuelto a la iglesia en la cual fue ordenado obispo, presbítero o diácono.
18. Llegó a conocimiento del santo y gran Concilio que en algunos lugares y ciudades, los diáconos imparten la eucaristía a los presbíteros, cuando ni la regla ni la costumbre dictan que quienes no tienen poder para ofrecer la Eucaristía entreguen el cuerpo de Cristo a quienes lo tienen. También fue conocido que algunos de los diáconos y antiguos obispos tocan la Eucaristía. Que todo esto cese: que los diáconos ocupen su lugar, sabiendo que ellos son sólo servidores del obispo e inferiores a los presbíteros. Que reciban la Eucaristía por orden, después de los presbíteros, y que les sea entregada por un obispo o presbítero. Los diáconos no pueden sentarse entre los presbíteros, ya que ello no corresponde ni a la regla ni al rito. Si después de esta determinación alguien demuestra desobediencia, que cese en su diaconado.
20. Ya que existen algunos que se arrodillan en el día del Señor y en los días de Pentecostés, para que se cumpla de igual manera en todas las diócesis, plugo al santo Concilio determinar que ofrezcan sus oraciones a Dios de pie.
Concilio I de Constantinopla (a. 381)
2. Que los obispos no traspongan los límites de su diócesis para realizar una ordenación o algún otro servicio eclesiástico, sin ser invitados a hacerlo.
Concilio de Éfeso (a. 431)
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Concilio de Calcedonia (a. 451)
6. Se ha decretado que decididamente nadie puede ser ordenado ni presbítero, ni diácono, ni para otro cargo eclesial si no tiene firme la designación a un determinado templo de alguna ciudad, pueblo o templo martirológico o monasterio. Con respecto a los ordenados sin designación determinada, el santo Concilio ha determinado que se debe considerar inválida su ordenación y no se les debe permitir oficiar en ningún lugar para deshonra de quien lo ordenó.
13. Que no le sea permitido a ningún clérigo extraño y desconocido oficiar en otra ciudad sin que hay presentado la carta de presentación de su propio obispo.
14. En tanto que en algunas diócesis se les permite contraer matrimonio a los lectores y coreutas, por ello el santo Concilio ha determinado que ninguno de ellos pueda tomar esposa de otra fe. Quienes hayan tenido hijos como resultado de tal matrimonio anterior, si los han bautizado en la iglesia de los herejes, que los traigan a la comunión con la Iglesia Católica; si no los han bautizado allí, que no les sea lícito hacerlo, ni les sea permitido contraer matrimonio con una hereje, ni judía, ni pagana. Salvo que la persona que contraiga matrimonio con el ortodoxo prometa tomar la fe Ortodoxa. Quien transgreda este canon del santo Concilio, que reciba la penitencia que establecen las reglas.
15. Que ninguna mujer sea ordenada diaconisa antes de los cuarenta años de edad, y aún así, luego de una prueba minuciosa. Si después de ser ordenada sirve por un cierto tiempo y luego contrae matrimonio, que sea anatematizada junto con el que se unió a ella por haber insultado la gracia de Dios.
16. Las vírgenes que hayan consagrado su vida a Dios nuestro Señor, al igual que a los monjes, no se les permite contraer matrimonio. Si se descubre que han hecho esto, que sean excomulgadas. Pero hemos decidido que el obispo local tenga el pleno poder de manifestar amor y condescendencia para con ellos.
Concilio II-III de Constantinopla (a. 553/680)
6. En tanto que los Cánones Apostólicos prescriben que de aquellos que han sido promovidos al clero sin estar casados, sólo los lectores y coreutas pueden unirse en matrimonio (Canon Apostólico 26), por ello cumpliendo con esto, decretamos: que de ahora en más, ni los subdiáconos, ni diáconos, ni presbíteros tienen permiso luego de la ordenación de unirse en matrimonio; si osaren hacer esto que sean destituidos. Pero si alguien de quienes entran al clero deseara unirse con una mujer según la ley del matrimonio, que lo haga antes de ser ordenado hipo diácono, o diácono, o presbítero.
11. Que ningún miembro del orden sagrado ni ningún laico, coma de ahora en más del pan ázimo que entregan los judíos, o trabe amistad con ellos, ni los llame en caso de enfermedad y reciba curación de ellos, ni se bañe en los baños públicos en su compañía. Quien osare actuar de esta manera, si es clérigo, que sea destituido; si es laico, que sea excomulgado.
14. Que el canon de nuestros Santos y Teóforos Padres sea cumplido también con respecto a esto: que nadie sea ordenado presbítero antes de cumplir treinta años, aunque sea hombre digno y que se dilate su ordenación hasta dicha edad. Ya que nuestro Señor Jesucristo fue bautizado a los treinta años de edad y sólo entonces comenzó a predicar. Del mismo modo, que ningún diácono sea ordenado antes de los veinticinco años, ni una diaconisa antes que cumpla los cuarenta años.
19. Los deanes de las iglesias deben enseñar a todo el clero y al pueblo las palabras de piedad todos los días, en especial los domingos, eligiendo de las Sagradas Escrituras reflexiones y razonamientos de la verdad, sin transgredir los límites establecidos y las enseñanzas de los Teóforos Padres. Si se analiza un pasaje de las Escrituras, que no sea interpretado de manera contraria a lo que expresaron las luminarias y maestros de la Iglesia en sus escritos, que más bien se fundamenten con ellos y no compongan escritos propios, para que por falta de conocimiento no se desvíen de lo correcto. Para que a través de las enseñanzas de los mencionados Padres, los hombres, recibiendo el conocimiento de lo bueno y digno de elección, y de lo malo y digno de rechazo, puedan corregir su vida para bien y dejar de sufrir con el mal de la ignorancia, y que prestando atención a las enseñanzas puedan alentarse a alejarse del mal y por temor a los castigos que los amenazan puedan lograr la salvación.
27. Que ningún miembro del clero se vista de manera impropia, ni cuando se encuentre en la ciudad ni si se encuentra de viaje, sino que todos usen las vestimentas que ya fueron determinadas para el clero. Si alguien transgrede esto: que sea excomulgado por una semana.
28. Ya que ha llegado a nuestro conocimiento que en varias iglesias se está reforzando la costumbre según la cual se ofrecen uvas al altar, y los sacerdotes las unen con la ofrenda incruenta de la oblación, de modo tal que ambas son repartidas a los fieles, por ello consideramos indispensable que de ahora en más ningún miembro del orden sagrado actúe de este modo, sino que entreguen al pueblo la única ofrenda, para vivificación y perdón de los pecados. Los sacerdotes deben recibir la ofrenda de uvas, como el primer fruto y bendiciéndolas de manera especial, la deben entregar a quienes piden para agradecimiento al Dador de todos los frutos, con los cuales, según lo estableció Dios, nuestros cuerpos crecen y se nutren. Si alguien del clero actúa de manera contraria a lo normado, que sea destituido.
29. El canon de los padres del Concilio de Cartago prescribe que el sagrado servicio en el altar (Liturgia) sea oficiado sólo por hombres que hayan guardado ayuno, salvo un día al año, es decir, cuando se oficia la cena del Señor (Concilio de Cartago, canon 48). Dichos Santos Padres, instituyeron tal determinación tal vez por ciertas razones locales beneficiosas para la Iglesia. Pero ya que nada nos insta a dejar la piadosa severidad, seguimos la tradición Apostólica y Patrística y determinamos: que no corresponde deshonrar la Gran Cuaresma interrumpiendo el ayuno el jueves de la última semana de la misma.
31. Determinamos que los clérigos que oficien o bauticen en oratorios que se encuentran dentro de residencias, lo hagan exclusivamente con el permiso del obispo local. Si algún clérigo no lo cumple de este modo, que sea destituido.
32. Ha llegado a nuestro conocimiento que en el país de Armenia quienes ofrecen la oblación incruenta en la Santa Mesa, ofrecen sólo vino sin diluirlo con agua, presentando como justificación al maestro de la Iglesia Juan Crisóstomo, quien en su exégesis al Evangelio de San Mateo dice lo siguiente: “¿Por qué después de resucitado el Señor tomó vino y no agua? Para erradicar otra herejía inicua de raíz. Ya que había quienes utilizaban agua en el sacramento, por ello Él indicó que utilizó vino tanto cuando entregó el sacramento, como después de la resurrección, cuando ofreció una simple comida sin el sacramento. Y remarcando esto dijo: del fruto de la vid (San Mateo 26:29), siendo que el fruto de la vid produce vino y no agua”. De ello concluyen que aparentemente el maestro rechaza que se agregue agua durante la santa oblación. Por ello, para que no permanezcan en la ignorancia, revelamos el significado ortodoxo de la reflexión de dicho padre. Existía desde antaño la maligna herejía de los Acuarienses, es decir, quienes en su oblación utilizaban solamente agua en lugar de vino, y por ello este hombre teóforo rechazando la inicua enseñanza de esta herejía, y demostrando que ellos se oponen directamente a la tradición Apostólica, utilizó las palabras que hemos citado. Aún él mismo en su Iglesia, cuya dirección pastoral le fue encomendada, enseñó a unir agua al vino en la ofrenda incruenta, indicando que la unión de sangre y agua que salió de la purísima costilla de nuestro Redentor y Salvador, Jesucristo fue para vivificación de todo el mundo y redención del pecado. Y en todas las iglesias donde brillaron luminarias espirituales, se cumple este rito que nos fue enseñado por Dios. Por lo cual Santiago, hermano de Cristo Dios en la carne, a quien primero le fue encomendado el trono de la Iglesia de Jerusalén, y Basilio Obispo de la Iglesia de Cesárea, cuya gloria se esparció por todo el universo, nos transmitieron en forma escrita el misterioso acto sagrado y establecieron que durante la Divina Liturgia el santo cáliz se debe llenar con agua y vino. También los santos padres reunidos en Cartago, dijeron expresamente las siguientes palabras: ‘Que no se ofrezca en el santo sacramento nada más que el cuerpo y sangre del Señor, como nos enseñó Él mismo, es decir, pan y vino disuelto en agua'. Si algún obispo o presbítero no actúa conforme con el rito que nos fue transmitido desde tiempos Apostólicos, y no une agua con el vino para ofrecer una oblación pura: que sea destituido, por proclamar el sacramento de manera imperfecta y por malograr el rito que nos fue transmitido con innovaciones.
45. En tanto que ha llegado a nuestro conocimiento que en algunos conventos, quienes traen a las mujeres que deben ser honradas con el hábito sagrado, primero las atavían con vestiduras de seda coloridas, adornadas con oro y piedras preciosas, y mientras se acercan al altar les quitan esas maravillosas vestimentas e inmediatamente realizan la bendición del hábito monacal y las visten de negro; por ello establecemos: que esto no ocurra de ahora en más. Ya que no es piadoso que quien por voluntad propia ha dejado ya toda contingencia mundana y ha elegido la vida en Dios, quien se ha afirmado en esta vida por medio de pensamientos incólumes y de ese modo se ha acercado al convento, vuelva a través de tales adornos pasajeros y perennes a recordar aquello que ya había enterrado en el olvido, y que por ello sea sometida a duda y que su alma sea agitada como las olas del mar agitan de un lado a otro a los que se ahogan, de manera que aún derramando lágrimas, no demuestra con ello compunción de corazón; y más aún, si llega a derramar alguna lágrima, como es natural, para quienes la ven parecerá más por la separación con el mundo y lo que hay en él que a causa del celo por el esfuerzo monacal.
48. La esposa del hombre que será elevado a la dignidad obispal, que previamente se separe de su marido de común acuerdo, y luego de la ordenación, que ingrese a un convento lejos de la morada de dicho obispo, y que goce de la manutención de éste. Si es digna: que sea elevada a la dignidad de diaconisa.
52. Todos los días de ayuno de la Gran Cuaresma, salvo los sábados y domingos y el santo día de la Anunciación, no se oficia otra Liturgia que no sea la de los Santos Dones Presantificados.
56. También ha llegado a nuestro conocimiento que en el país de los Armenios y en otros lugares algunas personas ingieren queso y huevos los días sábados y domingos de la Gran Cuaresma. Por ello fue considerado bueno decretar que la Iglesia de Dios por todo el orbe, siguiendo un solo rito, cumpla el ayuno y se abstenga tanto de toda cosa que se ofrezca en sacrificio como de los huevos y el queso, que son producto de aquello de lo que nos abstenemos. Para quienes no lo cumplan: si son clérigos, que sean destituidos; si son laicos, que sean excomulgados.
57. No corresponde ofrendar miel y leche en el Altar.
58. Que ningún laico se administre los Santos Misterios a sí mismo en presencia de un obispo o presbítero o diácono. Quien osare actuar de este modo, que sea excomulgado por una semana, por actuar en contra de lo establecido. Así será persuadido de no pensar en contra de lo que debe pensar (Rom. 12:3).
59. Que no se realice ningún bautismo en un oratorio dentro de una casa, sino que quienes deseen ser dignos de la purísima iluminación se acerquen a la Iglesia Católica y que reciban allí ese don. Si alguien es descubierto incumpliendo lo que hemos establecido como regla: que sea destituido si es un clérigo; y que sea excomulgado si es laico.
60. Por cuanto el Apóstol proclama que “el que se junta con el Señor, un mismo espíritu es” (I Cor. 6:17), queda claro también que quien intima con su enemigo se une con él, por asociación. Con respecto a quienes de manera hipócrita aparentan estar endemoniados, y por la vileza de sus hábitos fingen actuar como tales, se ha decidido castigarlos de toda manera posible y someterlos a las mismas rigurosidades y esfuerzos que corresponde aplicar a los verdaderos endemoniados para liberarlos de la acción del demonio.
61. Quienes acudan a hechiceros o a los así llamados magos mayores, o a otras personas similares, con el deseo de averiguar lo que les pueda ser revelado, que sean sometidos a una penitencia canónica de seis años, de acuerdo con lo que los Padres han decidido con anterioridad con respecto a ellos. Cabe aplicar la misma penitencia a las personas que llevan osas u otros animales para burla y perjuicio de los más simples, y uniendo el engaño con la locura, pronuncian adivinaciones sobre la suerte, el destino, la genealogía y muchos otros temas similares; lo mismo se aplica a los así llamados perseguidores de nubes, los encantadores, los hacedores de talismanes de protección y los brujos. Decretamos que quienes persistan en ello y se rehúsen a cambiar de ocupación y no se alejen de estos inventos paganos y mortales, deben ser expulsados de la Iglesia por completo, de acuerdo con lo que prescriben los cánones sagrados. Porque “¿Qué comunión tiene la luz con las tinieblas?” como dice el Apóstol, "¿Y qué concierto el templo de Dios con los ídolos? ¿o qué parte el fiel con el infiel? ¿Y qué concordia Cristo con Belial?” (II Cor. 6:15–16).
62. Deseamos extirpar de una vez y para siempre de la vida de los fieles las así llamadas Calendas, Votas y Brumales; y las reuniones populares para el primer día del mes de marzo, lo mismo se aplica a las danzas en público de las mujeres, que pueden causar un gran perjuicio y daño. Del mismo modo rechazamos las danzas y ceremonias rituales, sean realizadas por hombres o mujeres, en honor de lo que los helenos falsamente llaman dioses, por una costumbre antigua que es ajena a la vida de los cristianos; y decretamos: que ningún hombre debe usar vestimentas de mujer, ni la mujer vestimentas que corresponden al hombre; no usar máscaras cómicas ni satíricas ni trágicas; nadie debe proclamar el abominable nombre de Dionisio mientras se prensa la vid en el lagar, ni reírse mientras se vierte el vino en los toneles, y sea por ignorancia o por agitación, hacer aquello que pertenece a la seducción demoníaca. Por ello, aquellos que sabiendo esto, de ahora en más osaren cometer algún acto impropio de los mencionados: si son clérigos, que sean destituidos del orden sagrado; si son laicos, que sean excomulgados.
63. Ordenamos que los relatos sobre los mártires falsamente compuestos por los enemigos de la verdad con el fin de deshonrar a los mártires de Cristo y de llevar a quienes los escuchan a la incredulidad, no deben ser hechos públicos en los templos sino entregados al fuego. Anatematizamos a quienes acepten o presten atención a dichos relatos como si fueran verdaderos.
64. No corresponde a los fieles pronunciar discursos delante del pueblo, o enseñar y con ello tomar la dignidad magistral, sino someterse al orden que nos fue entregado por el Señor, abriendo ampliamente sus oídos a quienes les fue dada la gracia de la enseñanza y aprender de ellos lo que es de Dios. Ya que en la Única Iglesia, Dios creó diferentes miembros, como lo dice el Apóstol (I Cor. 12:27), en cuya interpretación San Gregorio el Teólogo claramente muestra el orden que les corresponde, cuando dice: “Respetemos, hermanos, este orden y cumplámoslo; que éste sea oído y aquel la lengua; que éste sea la mano, y aquel alguna otra cosa; que uno enseñe y que el otro aprenda”. Y luego de algunas otras palabras, sigue diciendo: “Quien aprende, que lo haga con obediencia; que quien reparte lo haga con alegría y quien sirve lo haga con devoción. Que no seamos todos lengua, ni todos Apóstoles, ni todos Profetas, ni todos intérpretes”. Y luego de otras varias palabras, agrega: “¿Por qué te haces pastor cuando eres oveja? ¿Por qué te haces cabeza cuando eres el pie? ¿Por qué intentas ser jefe del ejército cuando fuiste colocado en las filas de los soldados?” Y en otro pasaje nos ordena actuar con sabiduría: “No seas rápido para las palabras” (Ecle. 531); No te afanes por hacerte rico (Prov. 23:4); no busques ser más sabio que los sabios. Si se descubre que alguien transgrede el presente canon: que sea excomulgado por cuarenta días.
66. Los fieles deben permanecer en los santos templos toda la semana desde el santo día de la Resurrección de Cristo Dios nuestro hasta el Nuevo Domingo, ejercitándose permanentemente en salmos, himnos y cantos espirituales; regocijándose y celebrando en Cristo; atendiendo a la lectura de las Sagradas Escrituras, y deleitándose con los Santos Misterios. Porque de esa manera resucitaremos y ascenderemos junto con Cristo. Por ello, que en los días mencionados no haya carreras de caballo u otros espectáculos públicos.
69. Que no se le permita a ninguno de todos los que pertenecen al orden de los laicos entrar al santo altar. A excepción del poder y autoridad Imperiales cuando deseare ofrecer dones al Creador, de acuerdo con una antigua tradición.
70. No les es lícito a las mujeres hablar durante la Divina Liturgia, sino que permanezcan en silencio, como lo dice el Santo Apóstol Pablo. No les fue mandado hablar, sino obedecer, como lo dice la ley. Si desean aprender algo, que pregunten a sus maridos en sus hogares.
75. Deseamos que quienes acuden al templo para cantar no utilicen clamores escandalosos, que no se fuercen a proferir gritos antinaturales, que no introduzcan nada que no corresponda o sea impropio a la iglesia, sino que salmodien con gran atención y contrición a Dios, Quien todo lo ve, aún lo que está oculto. Ya que las Sagradas Escrituras enseñaban a los hijos de Israel a ser reverentes (Lev. 15:31).
78. Quienes se preparan para el bautismo deben ser instruidos en la fe, y el quinto día de la semana deben dar respuesta al obispo o presbítero.
80. Si algún obispo, presbítero o diácono, o cualquier miembro del clero; o un laico, sin una necesidad grave o algún obstáculo en particular que lo compela a ausentarse de su iglesia por un tiempo prolongado, deja de asistir a la reunión eclesiástica por tres domingos de tres semanas consecutivas aún estando en la ciudad: si es un clérigo, que sea destituido; si es laico, que sea excomulgado.
81. Hemos observado que en algunos países luego de las palabras Santo Inmortal en el Trisagio, en calidad de complemento proclaman: que fuiste crucificado por nosotros, ten piedad de nosotros ; pero este agregado al himno fue rechazado por los antiguos Santos Padres por ser ajeno a la devoción, junto con el inicuo hereje quien agregó esta innovación; por ello nosotros, ratificando lo que fue establecido anteriormente con toda piedad por nuestros Santos Padres, en el presente canon anatematizamos a quien permita que estas palabras sean pronunciadas en la iglesia o que las agregue al Trisagio de alguna manera. Si el trasgresor de esta regla pertenece al orden sagrado, decretamos que sea privado de la dignidad sacerdotal; si es laico o monje, que sea excomulgado.
82. En algunos venerables íconos se representa el dedo del Precursor señalando un cordero que es tomado como imagen de gracia y que a través de la ley nos indica al verdadero Cordero: Cristo, Dios nuestro. Venerando las antiguas imágenes y representaciones transmitidas a la Iglesia como símbolos y preimágenes de la verdad, preferimos la gracia y la verdad, la cuales aceptamos como cumplimiento de la Ley. Por ello, para que el arte de la pintura simbolice ante los ojos de todos aquello que es perfecto, decretamos de ahora en más se debe representar en los íconos al cordero, Cristo Dios nuestro, Quien tomó los pecados del mundo, en su naturaleza humana en lugar del antiguo cordero; para que observando la humildad del Dios-Verbo, recordemos Su vida en la carne, Sus sufrimientos salvíficos y Su muerte, por los cuales se realizó la redención del mundo.
83. Que nadie imparta la Eucaristía a los cuerpos de los difuntos. Ya que está escrito; Tomad y comed (San Mateo 26:26), y los cuerpos de los difuntos no pueden ni tomar ni comer nada.
89. Los fieles que celebren los días de la salvadora pasión con un corazón contrito, en ayuno y oración, deben concluir el ayuno a medianoche durante la noche después del Sábado Santo, ya que los divinos evangelistas Mateo y Lucas, nos representaron horas tardías de la noche, el uno diciendo: la noche del sábado (San Mateo 28:1) y el otro mediante las palabras: muy de mañana (San Lucas 24:1).
90. Nos fue transmitido canónicamente por nuestros teóforos padres no doblar las rodillas los días domingo, para honrar la resurrección de Cristo. Por ello, para que no permanezcamos en la ignorancia de cómo cumplir esto, con claridad expresamos a los fieles que el día sábado, luego de la entrada vespertina de los oficiantes al altar, según la costumbre, nadie debe hacer genuflexiones hasta el siguiente día domingo a la noche, cuando, luego de la entrada al tiempo de la oración “Luz apacible”, volvemos a hacer genuflexiones y elevamos oraciones a Dios de esa manera. Ya que la noche que sigue al sábado fue precursora de la resurrección de nuestro Salvador, por ello a partir de allí espiritualmente comenzamos a entonar himnos, y pasamos la festividad de las tinieblas a la luz, de manera tal que desde ese momento celebremos la resurrección todo la noche y todo el día.
91. Sometemos a las mujeres que suministren drogas para producir el aborto del feto en las entrañas, y a quienes tomen venenos que maten al feto, a la penitencia que corresponde a los homicidas.
99. En el país Armenio, como hemos tomado conocimiento, algunas personas hierven partes de carne, las traen a los sagrados altares y las distribuyen a los sacerdotes según la costumbre judía. Por ello, guardando la pureza del templo, decretamos: que no le sea permitido a ningún sacerdote recibir trozos de carne de los oferentes, pero que se contenten sólo con lo que el oferente desee dar, y que tal ofrenda ocurra fuera del templo. Si alguien actúa de manera contraria: que sea excomulgado.
Concilio II de Nicea (a. 787)
3. Cualquier elección de un obispo, presbítero o diácono realizada por jefes civiles, que sea inválida según el canon (Canon Apostólico 30) que dice: “Si algún obispo utiliza jefes seculares para recibir por medio de ellos el poder obispal en la Iglesia, que sea excluido y excomulgado, al igual que cuantos participaron con él”. Ya que quien será promovido al rango obispal debe ser elegido por obispos, como lo determina la regla de los santos padres (4), que dice: “Lo más correcto es que un obispo sea ordenado por todos los obispos de esa región. Si eso es difícil, por alguna necesidad o por la lejanía, entonces deben reunirse por lo menos tres obispos y los ausentes que presten su consentimiento por medio de cartas y entonces que se lleve a cabo la ordenación. Corresponde al metropolitano de cada región ratificar tales actos”.
9. Todas las fábulas infantiles, burlas irracionales y falsos escritos que han sido compuestos en contra de los honorables íconos, deben ser entregados al Obispado de Constantinopla para que sean guardados junto con los demás libros heréticos. Si se encontrare a alguien escondiendo tales escritos, si es obispo, presbítero o diácono, que sea destituido de su cargo; si el laico o monje, que sea excomulgado.
16. Todo lujo y adorno del cuerpo son ajenos al orden y condición sacerdotal. Por ello, los obispos o clérigos que se adornan con vestimentas claras y suntuosas deben corregirse. Si persisten en ello, deben ser sometidos a penitencia, al igual que los utilizan ungüentos aromáticos. Desde que está creciendo la raíz de la amargura, la herejía de los Christianocategori (acusadores de los cristianos) se ha transformado en una oscura mácula para la Iglesia Católica y quienes se han unido a ella no solo consideraron abominables los íconos sino que rechazaron toda devoción, con odio hacia las personas que viven de manera pía y honesta, y se cumplió en ellos lo que fue escrito: la devoción es abominable a los pecadores (Sirah 1:25), por lo que si se encuentran quienes se ríen de los que visten ropas simples y moderadas, que sean corregidos por medio de penitencias. Porque desde tiempos antiguos todo sacerdote se ha contentado con vestimentas simples y privadas de toda suntuosidad, puesto que lo que no se usa por necesidad sino para adorno debe ser condenado por ayudar a la futilidad, como lo dice San Basilio el Grande. Tampoco utilizaban los sacerdotes vestidos de seda, ni se adornaban los bordes con guardas de colores, porque habían oído la voz del Señor que dijo: los que traen vestidos delicados, en las casas de los reyes están (San Mateo 11:8).